Embargo de México a Distintos Países (Mercancías Prohibidas a la Importación y Exportación)
Con el objetivo y de acuerdo con el artículo 24 de la Carta de la
ONU, a fin de asegurar la acción rápida y eficaz por parte de dicha
Organización, los Miembros de las Naciones Unidas del cual México forma parte,
confirieron al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de
mantener la paz y la seguridad internacionales y reconocieron que
dicho Consejo actúa en nombre de ellos al desempeñar las funciones que le
impone aquella responsabilidad.
Así mismo, el Consejo de Seguridad puede decidir qué
medidas coercitivas habrán de emplearse para hacer efectivas sus
decisiones con objeto de mantener o restablecer la paz y la seguridad
internacionales y ordenar a los Estados Miembros de las Naciones Unidas aplicar
las mismas, entre las que se encuentran la interrupción total o parcial de
las relaciones económicas,
comúnmente denominadas "embargos" o "sanciones
económicas"
Por lo anterior, nuestro país requiere, mediante el pleno cumplimiento
de la normatividad correspondiente, implementar de manera interna las
diversas resoluciones que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
ha adoptado, las cuales se refieren a la Prohibición del comercio de ciertos
bienes y con determinados países, entidades y personas, como se señala a
continuación:
Ø República
Islámica de Afganistán (antes Estado Islámico de Afganistán
Ø Mercancías
destinadas a los miembros de la organización Al-Qaida y otras personas,
grupos, empresas y entidades
con ella asociados
con ella asociados
Ø República
de Iraq
Ø República
de Liberia
Ø República Democrática del Congo
Ø República
de Côte d'Ivoire
Ø República
del Sudán
Ø República
Popular Democrática de Corea
Ø República
Islámica de Irán
Ø Estado
de Eritrea
Ø Libia
Las mercancías restringidas competen al Uso Exclusivamente Militar.
Link para descargar el Listado de las mercancías y sus fracciones arancelarias:
http://ge.tt/8Y8JvM72/v/0?c
Investigación y Análisis por el Lic. Alberto Bustamante, con datos del SECONOMIA
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