viernes, 29 de enero de 2016

Modificación a los Anexos de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016.


Secretaría de Hacienda y Crédito Público, da a conocer la modificación a los Anexos 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016.

Por lo anterior y con la finalidad de facilitarles la localización de las modificaciones de su interés, les he preparado el siguiente listado señalando en rojo los puntos delicados:

Link 1 Contiene cambios en:

Ø  ANEXO 4 Horario de las aduanas
Ø  ANEXO 5 Criterios de la Ley y su Reglamento
Ø  ANEXO 7 Importación de mercancías exentas de inscripción en padrón de importadores (Anexos 7 y 8)
Ø  ANEXO 8 Importación de mercancías exentas de inscripción en padrón de importadores (Anexos 7 y 8)
Ø  ANEXO 9 Mercancías que no pagan impuestos al comercio exterior (No hay del capítulo 85)
Ø  ANEXO 10 Sectores y Mercancías sujetas a Padrón de Importadores y Exportadores
·         1.- Productos químicos.
·         2.- Radiactivos y Nucleares.
·         3.- Precursores Químicos y químicos esenciales.
·         4.- Armas de fuego y sus partes, refacciones, accesorios y municiones
·         5.- Explosivos y material relacionado con explosivos.
·         6.- Sustancias químicas, materiales para usos pirotécnicos y artificios relacionados con el empleo de explosivos.
·         7.- Las demás armas y accesorios. Armas blancas y accesorios. Explosores
·         8.- Máquinas, aparatos, dispositivos y artefactos, relacionados con armas y otros.
·         9.- Cigarros.
·         10.- Calzado.
·         11.- Textil y Confección.
Ø  ANEXO 11 Tránsito Internacional por FFCC - Entre las aduanas que se indican (Corredores Multimodales)
Ø  ANEXO 12 Mercancías de las fracciones de la TIGIE que procede su Exportación Temporal. (Azúcar y Jarabes)
Ø  ANEXO 14 Fracciones arancelarias para la importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos y azufre.
Ø  ANEXO 15 Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos.
Ø  ANEXO 16 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
Ø  ANEXO 17 Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
Ø  ANEXO 19 Transmitan o presenten los informes o documentos a que se refieren las dos fracciones anteriores, con datos inexactos o falsos u omitiendo algún dato.
Ø  ANEXO 21 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías.
Ø  ANEXO 22 Instructivo para el llenado del Pedimento (Ojo con estos cambios ya que son sustanciales – Identificadores, campos, APÉNDICES, claves, etc)


Link 2 Contiene cambios en:

Ø  Continua ANEXO 22 Instructivo para el llenado del Pedimento (Ojo con estos cambios ya que son sustanciales – Identificadores, campos, APÉNDICES, claves, etc)
Ø  ANEXO 23 Mercancías peligrosas o que requieran instalaciones y/o equipos especiales para su muestreo.
Ø  ANEXO 24 Sistema automatizado de control de inventarios.
Ø  ANEXO 25 Puntos de revisión (Garitas Autorizadas Activas).
Ø  ANEXO 26 Datos inexactos u omitidos de las Normas Oficiales Mexicanas (Retención y multa por falta de etiquetado)
Ø  ANEXO 27 Fracciones arancelarias de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA.
Ø  ANEXO 28 Fracciones arancelarias sensibles (Tipos y requisitos de Empresas Certificadas)
Ø  ANEXO 29 Tipos de autorizaciones
Ø  ANEXO 30 Fracciones arancelarias sujetas a la declaración de marcas nominativas o mixta.
Ø  ANEXO 31 Sistema de control de cuentas de créditos y garantías (SCCCyG). (Tratándose de contribuyentes que introduzcan bienes a depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos podrán operar con los lineamientos que para tales efectos emita el Servicio de Administración Tributaria.)


*Entrada en Vigor: Viernes 29 de enero de 2016.

Lic. Alberto Bustamante con datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público 

lunes, 2 de noviembre de 2015

TPP - Acuerdo de Asociación Trans-Pacífico


TPP - Acuerdo de Asociación Trans-Pacífico



El TPP por sus siglas en ingles es el Acuerdo de Asociación Trans-Pacífico, mismo que se encuentra conformado por 12 países: Australia, Brunei Darussalam, Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, cuyas negociaciones terminaron a mediados de octubre de 2015, en Atlanta Georgia Estados Unidos.

Dicho acuerdo comprende 30 capítulos, comenzando por el comercio de bienes y continuando con aduanas y la facilitación comercial; medidas sanitarias y fitosanitarias; obstáculos técnicos al comercio; medidas comerciales correctivas; inversión; servicios; comercio electrónico; compras del sector público; propiedad intelectual; laboral; medio ambiente; capítulos «horizontales» destinados a garantizar que el TPP cumpla con su potencial para el desarrollo, la competitividad y la inclusión; solución de controversias; excepciones y disposiciones institucionales.

Cinco características definen el Acuerdo de Asociación Trans-Pacífico como un acuerdo histórico, que establece un nuevo estándar para el comercio mundial y afronta cuestiones de una nueva generación:
1)      Sustancial acceso a mercados. El TPP elimina o reduce barreras arancelarias y no arancelarias de manera substancial a lo largo del espectro del comercio, incluyendo el comercio de bienes y servicios, y la inversión, de tal manera que se crean nuevas oportunidades y beneficios para nuestras empresas, trabajadores y consumidores.
2)      Enfoque regional sobre los compromisos. El TPP facilita el desarrollo de la producción y de las cadenas de suministro, y la fluidez del comercio incrementando la eficiencia y contribuye a nuestra meta de apoyar y crear empleos, incrementar los niveles de vida, mejorar los esfuerzos de conservación, y facilitar la integración transfronteriza, así como la apertura de los mercados nacionales.
3)      Afrontar los nuevos desafíos comerciales. El TPP promueve la innovación, la productividad y la competitividad al afrontar nuevos temas, incluyendo el desarrollo de la economía digital, y la función de las empresas de propiedad estatal en la economía global.
4)      Comercio incluyente. El TPP contiene nuevos elementos que buscan asegurar que las economías de cualquier nivel de desarrollo y empresas de cualquier tamaño puedan beneficiarse del comercio. Incluye compromisos para ayudar a las pequeñas y medianas empresas a entender el acuerdo, aprovechar las oportunidades que ofrece y someter a la atención de los gobiernos del TPP sus retos particulares. También contiene compromisos específicos sobre el desarrollo y la creación de capacidad comercial, para garantizar que todas las Partes sean capaces de cumplir con los compromisos establecidos en el Acuerdo y puedan beneficiarse al máximo.
5)      Plataforma para la integración regional. El TPP pretende ser una plataforma para la integración económica regional y está diseñado para que se sumen a éste otras economías de la región de Asia - Pacífico.


 Ante un posible aumento del proteccionismo, el país aseguraría un acceso preferencial economías de las más importantes del planeta.

Accedería a una oferta exportable de más de 150,000 millones de dólares en los sectores automotriz, eléctrico, electrónico, agroindustrial, químico, acerero, perfumería y cosméticos.

Además, las exportaciones nacionales crecerían en 150,000 millones de dólares en cinco años y el acuerdo no sustituirá o modificará el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, según información del Gobierno federal.

Dicho acuerdo, abre nuevas oportunidades de negocio para el sector productivo mexicano en seis mercados de Asia-Pacífico: Australia, Brunei, Malasia, Nueva Zelandia, Singapur y Vietnam.
El TPP fortalecerá la integración de las cadenas productivas de México, Estados Unidos y Canadá, contribuyendo a la meta de convertir a América del Norte en la región más competitiva del mundo.
Consolidará el acceso preferencial a los mercados de Chile y Perú, socios comerciales prioritarios de México en América Latina, y que profundiza las preferencias de acceso al mercado de Japón.

Excepciones
El capítulo sobre excepciones asegura que las flexibilidades que garantizan el pleno derecho de las Partes a regular en el interés público, inclusive para los intereses esenciales de seguridad de una Parte y por razones de bienestar público, estén disponibles para todos los países Parte del TPP. Este capítulo incorpora las excepciones generales previstas en el artículo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 sobre las disposiciones relacionadas con el comercio de mercancías, especificando que ninguna disposición del TPP se interpretará como impedimento para que los países Parte adopten o apliquen medidas necesarias para, entre otras cosas, proteger la moral pública, la vida o salud humana, vegetal y animal, proteger la propiedad intelectual, hacer cumplir las medidas relativas a los bienes provenientes del trabajo penitenciario y medidas relacionadas a la conservación de recursos no renovables.

El capítulo también contiene excepciones generales similares a las previstas en el Artículo XIV del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios con respecto a las disposiciones de servicios relacionados con el comercio.


El capítulo incluye una excepción discrecional, aplicable a todo el TPP, que deja en claro que los países parte podrán adoptar las medidas que estimen necesarias para la protección de los intereses esenciales de su seguridad. También define las circunstancias y condiciones conforme a las cuales los países Parte podrán imponer medidas de salvaguardia temporales (como los controles de capital) para restringir las transferencias -- tales como aportes de capital, transferencias de utilidades y dividendos, pagos de intereses o regalías, y pagos en virtud de un contrato-- relacionadas con inversiones cubiertas, para asegurar que los gobiernos mantienen la flexibilidad para administrar flujos volátiles de capital, en el contexto de crisis de balanza de pagos u otras crisis económicas o amenazas similares. Además, se especifica que ninguna Parte está obligada a proporcionar información en virtud del TPP si esto resultase contrario a su ley o interés público, o perjudica los intereses comerciales legítimos de empresas particulares. Un país Parte puede elegir la negación de los beneficios del mecanismo de solución de disputas inversionista-Estado con respecto a un reclamo que cuestione una medida de control sobre tabaco de una Parte.

Análisis por Alberto Bustamante con Información de Trans Pacific Partnership Agreement (TPP) y Secretaría de Economía 

jueves, 29 de enero de 2015

CURSOS, CAPACITACIONES Y ASESORÍAS EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR EN LINEA


CURSOS, CAPACITACIONES Y ASESORÍAS EN LINEA


Cursos y Capacitaciones Sabatinos o a solicitud
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  • Actualización al comercio exterior 2015


    Curso Intensivo abarcando las Modificaciones más recientes en Materia de Comercio Exterior, Reforma a la Ley Aduanera, Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, INCOTERMS, Calculo del IVA e IEPS, Multas y Sanciones Aduanales, Padrón Sectorial, Textil y Calzado, RRNA y Normas Oficiales Mexicanas.
    Costo $12,500 +IVA

    Duración: 8 Hrs en 4 Seciones

    INCOTERMS


    Terminos de Compra Venta Internacional, su uso, definición y Costo de la mercancía con Fletes, seguros y maniobras o sin ellos
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    Duración 2 Hrs.

    Llenado de Pedimento


    Anexo 22, Analisis de cada campo que conforma el Pedimento Aduanero, bajo los terminos legales aplicables.
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    Duración 2 Hrs.

    Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 2014/2015


    Analisis y fundamento legal de las ultimas modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 2014/2015
    Costo $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    DATOS DE IDENTIFICACIÓN Y TRANSMISIÓN EN MERCANCÍAS Y COVE


    Cuales son los datos para identificar una mercancía en materia aduanal, como se transmiten los datos y la multa por la omisión.
    Fundamento Legal y uso del Comprobante de Valor Electronico “COVE”
    Costo $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    Despacho Aduanero


    Cuales Son los principales aspectos para realizar un despacho aduanal correcto.
    Costo  $1,500+IVA

    Duración 2 Hrs.

    Sanciones y Multas en Materia Aduanera


    Cuales son los principales cambios en Materia de Multas Aduanales, analisis y casos practicos para evitar caer en las sanciones administrativas.
    Costo $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    Calculo del IVA e IEPS Aduanal


    Como se calcula el IVA e IEps EN Materia Aduanaera.
    Que productos pagan IEPS
    Costo  $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    Regulaciones y Restricciones No Arancelarias


    Que es una RRNA, casos practicos, dependencias que lo exigen, sanciones por incumplimientos, PAMA y Cancelación de Patente Aduanal, como Eximir RRNA y sus fundamento Legal
    Costo $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOMS



    Normas Oficiales Mexicanas y sus dependencias, como eximirlas o cumplir.
    Costo  $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    Certificados de Origen


    Cuantos Tratados de Libre Comercio existen, funamento para usar un Certificado de Origen y su llenado
    Costo  $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    Modificación a la Ley Aduanera


    Principales Modificaciones a la Ley Aduanera 2014
    Costo $1,000+IVA

    Duración 2 Hrs.

    DIPLOMADO EN Mercancías Peligrosas (Incluye Diploma, certificado por IATA)


    Diplomado en el uso de Mercancías Peligrosas, Certificado por la IATA
    Costo $15,000+IVA



Diplomados:

  • Comercio Exterior y Operación Aduanera (Incluye Diploma, certificado por IATA)
  • Mercancías Peligrosas (Incluye Diploma, certificado por IATA) 

*Todas las Capacitaciones y Cursos incluyen, Material de Trabajo y Diploma
*Para mayores Informes y Costos, déjanos tus datos en el Buzón

miércoles, 31 de diciembre de 2014

6ta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014 y sus Anexos .

6ta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014 y sus Anexos .

Principales cambios:

*Indice Nacional de Precios al Consumidor - INPC
*Operaciones de Consolidados
*Prevalidación
*Importación Jefes de Estado
*Importación Franja Fronteriza de Bebidas Alcohólicas y Cigarros
*Beneficios de las empresas que cuenten con la autorización para ensamblar y fabricar vehículos.
*Claves de Pedimento e Identificadores
*Se modifica el Anexo 22, "Instructivo para el llenado del Pedimento"
*Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento, vigentes a partir del 1 de enero de 2015

Próximamente curso on line para el análisis, alcance y la explicación de cada cambio.

jueves, 18 de diciembre de 2014

Embargo de México a Distintos Países (Mercancías Prohibidas a la Importación y Exportación)



Embargo de México a Distintos Países (Mercancías Prohibidas a la Importación y Exportación)

Con el objetivo y de acuerdo con el artículo 24 de la Carta de la ONU, a fin de asegurar la acción rápida y eficaz por parte de dicha Organización, los Miembros de las Naciones Unidas del cual México forma parte, confirieron al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales y reconocieron que dicho Consejo actúa en nombre de ellos al desempeñar las funciones que le impone aquella responsabilidad.

Así mismo, el Consejo de Seguridad puede decidir qué medidas coercitivas habrán de emplearse para hacer efectivas sus decisiones con objeto de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales y ordenar a los Estados Miembros de las Naciones Unidas aplicar las mismas, entre las que se encuentran la interrupción total o parcial de las relaciones económicas, comúnmente denominadas "embargos" o "sanciones económicas"

Por lo anterior, nuestro país requiere, mediante el pleno cumplimiento de la normatividad correspondiente, implementar de manera interna las diversas resoluciones que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha adoptado, las cuales se refieren a la Prohibición del comercio de ciertos bienes y con determinados países, entidades y personas, como se señala a continuación:


Ø  República Islámica de Afganistán (antes Estado Islámico de Afganistán
Ø  Mercancías destinadas a los miembros de la organización Al-Qaida y otras personas, grupos, empresas y entidades
     con ella asociados
Ø  República de Iraq
Ø  República de Liberia
Ø  República Democrática del Congo
Ø  República de Côte d'Ivoire
Ø  República del Sudán
Ø  República Popular Democrática de Corea
Ø  República Islámica de Irán
Ø  Estado de Eritrea
Ø  Libia

Las mercancías restringidas competen al Uso Exclusivamente Militar.

Link para descargar el  Listado de las mercancías y sus fracciones arancelarias:

http://ge.tt/8Y8JvM72/v/0?c

Investigación y Análisis por el Lic. Alberto Bustamante, con datos del SECONOMIA

viernes, 12 de diciembre de 2014

Cuarta modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014


La Secretaría de Haciendo y Crédito Publico ha publicó el día de hoy, viernes 12/12/2014 la Cuarta modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014., como se detalla a continuación:

Se reforman las siguientes reglan:

1.3.5. segundo párrafo. (Los contribuyentes obligados a inscribirse en el Padrón de Exportadores Sectorial, podrán realizar la exportación de mercancías del Sector 9, Apartado B del Anexo 10, siempre que presenten o hayan presentado el formato denominado "Solicitud para el padrón de exportadores sectorial") En ningún caso se otorgará más de una autorización al interesado
en un mismo ejercicio fiscal.

6.1.2.
Tratándose de importaciones y exportaciones definitivas, importaciones temporales y sus retornos o introducción de mercancías a depósito fiscal, cuando el resultado del mecanismo de selección automatizado haya determinado desaduanamiento libre, podrán realizar la rectificación de la fracción arancelaria declarada en los pedimentos correspondientes y, en su caso, derivadas de la
misma, se podrán rectificar los datos referentes a la unidad de medida de tarifa y la cantidad conforme a la unidad de medida de tarifa, siempre que la autoridad aduanera no haya iniciado el ejercicio de sus facultades de comprobación; la inexacta clasificación arancelaria no implique el incumplimiento de una regulación o restricción no arancelaria y se efectúe el pago de la multa por
datos inexactos a que se refiere el artículo 185, fracción II de la Ley. En el caso de importaciones temporales realizadas por empresas con Programa IMMEX, la nueva fracción arancelaria deberá corresponder a mercancías requeridas para realizar los procesos productivos registrados en su programa.


Se adicionan las siguientes reglas:

1.6.28. con una fracción V al séptimo párrafo.
No se requerirá otorgar garantía en los términos de los artículos 84 -Ay 86-A, fracción I de la Ley en las importaciones definitivas que se enlistan a continuación, y se anotará en el pedimento la clave que corresponda conforme al Apéndice 8 del Anexo 22:

V. Las exentas del pago del IGI conforme a la TIGIE o con los acuerdos comerciales o tratados de libre comercio suscritos por México.


3.8.5. con una fracción IX y un último párrafo. (Empresas certificadas - Causales de cancelación de inscripción en el registro
cuando no se subsanen las irregularidades y no se pague el crédito fiscal dentro de los 10 días siguientes a que haya surtido efectos la notificación de la resolución.

Los contribuyentes a los cuales se les haya cancelado la certificación en términos de la fracción IX de la presente regla, no podrán acceder nuevamente a la misma hasta transcurridos 24 meses contados a partir de que surta efectos la resolución de cancelación.

4.3.23. (Beneficios para empresas que cuenten con Certificación en Materia de IVA e IEPS) entrará en vigor seis meses posteriores a la publicación de la presente Resolución.

5.2.17. con una fracción IX. (Se cancelará la Certificación en Materia de IVA e IEPS cuando no se subsanen las irregularidades y no se pague el crédito fiscal dentro de los 10 días siguientes a que haya surtido efectos la notificación de la resolución)

Análisis por Alberto Bustamante

miércoles, 3 de diciembre de 2014

ANUNCIA SHCP ACCIONES INMEDIATAS A FAVOR DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DEL VESTIDO


ANUNCIA SHCP ACCIONES INMEDIATAS A FAVOR DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DEL VESTIDO

 Se establecen seis medidas de combate al comercio desleal en la importación de materia prima y piezas confeccionadas.

 Se presentaron acciones de política industrial para elevar la productividad y competitividad de la industria textil y del vestido

 Se fortalecen los programas y productos de financiamiento de la Banca de Desarrollo para incrementar el crédito en el sector, especialmente para PyMes y empresas exportadoras del sector.

 Se fortalecerá el programa de coberturas de algodón para integrar a los productores mexicanos de este insumo en la cadena de valor de esta industria.

 Estas medidas beneficiarán a más de 450 mil mexicanas y mexicanos que integran la industria textil y del vestido.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en coordinación con la Secretaría de Economía (SE), anunció una estrategia integral, dirigida a la industria textil y del vestido, que permitirá incrementar y asegurar el empleo de más de 450 mil familias que pertenecen al sector, al promover la competitividad de las empresas, así como la legalidad y condiciones de equidad en la competencia.
Para combatir prácticas desleales, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Dr. Luis Videgaray Caso, señaló que se implementarán seis medidas específicas en materia aduanera, y se brindará apoyo mediante financiamiento orientado a las necesidades del sector a través de la banca de desarrollo.
Las medidas en materia aduanera son las siguientes:

1. Se establece el Padrón Sectorial para la Importación Textil y del Vestido. No se podrán importar textiles y vestido si no están inscritos en el nuevo padrón.

2. Al igual que en la industria del calzado y del acero, se establece el Aviso Automático anticipado para importaciones de textiles y del vestido, con lo que la autoridad podrá verificar con anticipación la mercancía que se importa.

3. El SAT establecerá un programa de Fiscalización continua a importadores de operaciones subvaluadas y sus clientes.

4. Se realizará el desdoblamiento de fracciones arancelarias a 10 dígitos para textil y vestido.

5. Se suspende la disminución arancelaria para 80 fracciones de productos confeccionados sensibles hasta 2018, con lo que el arancel permanecerá en 25% en lugar de reducirlos a 20% para mercancía proveniente de países con quienes no tenemos tratados de libre comercio.

6. Se establecen precios estimados de garantía en la importación de materia prima y piezas confeccionadas. Con ello, se garantiza que quien importe por debajo del precio de mercado, pagarán los impuestos al 100%.

En materia de financiamiento, precisó que se establecerán las siguientes disposiciones:

 A través de Nacional Financiera (Nafin) se implementa un nuevo Programa de Apoyo a la Industria Textil, Vestido y Moda para la modernización de maquinaria y equipo, innovación y desarrollo de nuevos productos, principalmente para el segmento de Pymes, con una derrama crediticia de 450 millones de pesos durante los próximos 12 meses.

 El Banco de Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) reforzará el esquema de financiamiento para la internacionalización de las empresas del sector, a través de una oferta integral que considera créditos directos para empresas que están exportando o quieren comenzar a hacerlo, factoraje internacional y proveer cartas de crédito para importación y exportación a pequeñas y medianas empresas.

 La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (Aserca), dependiente de la SAGARPA, apoyará la compra de algodón a los agricultores mexicanos por parte de la industria textil, para incentivar la integración de la cadena de valor hasta el campo mexicano.
Con estas acciones, el Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto, promueve y seguirá promoviendo el libre comercio en un marco de legalidad, equidad en la competencia y de apoyo a la productividad y competitividad de la industria nacional.


Dichos Acuerdos tienen que ser Publicados en el Diario Oficial de la Federación

Fuente:
COMUNICADO DE PRENSA 106/2014
www.hacienda.gob.mx @SHCP_mx
DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE INFORMACION PALACIO NACIONAL EDIFICIO 3 2° PISO COL. CENTRO
TELS. 36.88.58.05 y 58.93 C.P. 06000 MÉXICO, D.F.
México, D. F., 03 de diciembre de 2014

viernes, 28 de febrero de 2014

Productos Españoles y Encuentros de Negocios México - España





Productos Españoles y Encuentros de Negocios México - España

Empresas Españolas dedicadas a la Fabricación de Productos, Interesadas en realizar negocios correspondientes a los Siguientes Sectores:

Ø  Agroalimentarios
Ø  Bebidas
Ø  Textiles
Ø  Electrodomésticos
Ø  Muebles
Ø  Menaje de Mesa
Ø  Artículos de Decoración
Ø  Artículos y Productos de Limpieza
Ø  Iluminación
Ø  Moda
Ø  Tecnología de la Información y Comunicación
Ø  Tecnología Industrial
Ø  Medio Ambiente y Producción Energética
Ø  Industria Auxiliar Mecánica y de la Construcción
Ø  Materias Primas, Semimanufacturas y Productos Intermedios
Ø  Entre otros.

¿Porque importar Productos Españoles?
España es el octavo socio comercial de México a escala mundial (11 como abastecedor y 5 como comprador)

El intercambio comercial entre México y España ha crecido un 87%  en los últimos años.


Las importaciones aumentaron en 110% con una tasa de crecimiento media anual de 8.6%.  

Empresas españolas importantes en México son: Acciona, Cementos Molins–Moctezuma, Metro gas, Gas Natural SDG, Hoteles Barceló, Grupo PRISA, Iberdrola, CIE Automotive, Corporación Mondragón, Editorial Planeta, Endesa Internacional, Hotel Melia, Hotel NH, MAPFRE, Repsol e Inditex.





Relaciones y Acuerdos Bilaterales para Facilitar las importaciones de productos españoles en México

Pago de Impuestos con tasa preferencial.

El acuerdo más importante que rige las relaciones comerciales entre México y España es el TLCUEM, que entró en vigor en julio del 2000. Dentro de los objetivos de éste tratado se encuentran fomentar el intercambio de bienes y servicios, liberalización del comercio, atraer insumos y tecnologías para las empresas mexicanas, promover la inversión directa e incrementar las oportunidades y alianzas estratégicas.

Otros acuerdos en vigor entre México y España son:

El Acuerdo de Cooperación Industrial, Energética y Minera desde 1979; el Tratado General de Cooperación y Amistad desde 1991; el Convenio para Evitar la doble tributación desde 1994; el Nuevo Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones que fue aprobado en abril de 2007; el Acuerdo de Cooperación Turística desde 1996 y el Convenio sobre Transportes Aéreos que también fue aprobado en abril de 2007 por el Senado de la República.

En junio de 2008, se firmó un acuerdo de cooperación en materia laboral, este “Desarrollo de Experiencias Piloto en Materia de Gestión de Flujos Migratorios” tiene como objetivo desarrollar experiencias de gestión en México de ofertas de empleo para ciudadanos mexicanos que prestarán sus servicios en territorio español, en todos los ámbitos de la actividad económica.

Si estas interesado en la importación de productos españoles y realizar Encuentros de Negocios B2B contáctanos para darte toda la información, Sin ningún costo ya que solo nos dedicamos a la Promoción del Comercio Exterior. 

Si deseas más información sobre Productos Españoles, déjanos tu consulta en el Buzón del Blog: B2B México – España.




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