jueves, 10 de enero de 2013

INCOTERMS



Antecedentes y Modificaciones



Antecedentes:
Los términos de Compra-Venta Internacional (Incoterms),  son publicados por la Cámara Internacional de Comercio (ICC) y son utilizados para facilitar y acordar los términos en los cuales se realizará una operación de Compra-Venta y designar así, la responsabilidad y obligación de cada una de las partes involucradas en materia de Comercio Exterior. 
El pasado año 2010, fueron modificados por la misma Cámara Internacional de Comercio, en su Publicación No. 715, misma modificación que detallo a continuación: 

Modificaciones:

Se eliminan DAF, DES, DEQ, y DDU y se adieren los nuevos términos, DAT (Delivered at Terminal / Entregado en la terminal) y DAP (Delivered at place / Entregado en el lugar). Estos nuevos términos intentan reflejar de una mejor forma las reglas y roles sobre la seguridad de la carga y el intercambio electrónico de datos que ahora juega un papel muy importante en las relaciones de comercio internacional.

• DAT significa que el vendedor realiza la entrega después de que la mercancía ha sido descargada de los medios de transporte utilizados, y la pone a disposición del comprador en una terminal, puerto o lugar de destino convenido por las partes. DAT exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación, pero el vendedor no tiene la obligación de despachar las mercancías para la importación, pagar ningún derecho de importación o llevar a cabo las formalidades aduaneras de importación.

• DAP sustituye a DAF, DES, DEQ y DDU. El "vehículo" utilizado en DAP podría ser un barco y el lugar de destino podría ser un puerto. En consecuencia, la ICC considera que DAP podría ser usado con seguridad en lugar de DES y hacer el uso de los INCOTERMS 2010 más "amigables y provechosos", es por esta razón que se eliminaron aquellos términos que eran esencialmente los mismos. En DAP el vendedor asume todos los costos (aparte de los gastos de despacho de importación) y los riesgos inherentes al llevar la mercancía al destino convenido.

Tabla final con las modificaciones realizadas y Vigentes a la fecha: 

EXW (Ex-Works) - En Fábrica (lugar convenido)
FAS (Free Along Ship) - Libre al Costado del Buque (puerto de carga convenido)
FCA (Free Carrier) - Libre Transportista (lugar convenido)
FOB (Free On Board) - Libre a Bordo (puerto de carga convenido)
CPT (Carriage Paid To) - Transporte Pagado Hasta (lugar de destino convenido)
CFR (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido)
CIP (Carriage and Insurance Paid to) - Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar de destino convenido)
CIF (Cost, Insurance and Freight) - Costo, Seguro y Flete (puerto de destino convenido)
DAT (Delivered at Terminal / Entregado en la terminal)
DAP (Delivered at place / Entregado en el lugar)
DDP (Delivered Duty Paid) - Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino convenido)

Conclusiones:

Los Términos de Compra-venta Internacional, facilitan y ahorran costos en fletes y manejos, siempre y cuando sean bien utilizados y se cuente con la buena elección de Proveedores en Fletes y Logística.

Investigación y Análisis en la Opinión del Lic. Alberto Bustamante, Analista y Especialista en Comercio Exterior.


2 comentarios:

  1. Una duda : El Término DAP el vendedor tiene la obligación de pagar los derechos de Importación y gastos Aduanales ?
    Saludos.
    Enrique Ruiz Montelongo.

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    1. Estimado Enrique,

      El Término DAP, ampara costos hasta el puerto de destino y manipulación en terminal por parte del Vendedor y Los gastos de desaduanamiento corren por parte del Comprador.

      El Término DDP, ampara todos los costos, incluyendo el desaduanamiento por parte del Vendedor.

      Espero que sea de tu ayuda.

      Que tengas una excelente semana !

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